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Detalles, Ficción y abogado

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No, al tratarse de un procedimiento que se tramita de mutuo acuerdo, no es necesaria la celebración de pleito, por ser las partes las que llegan a sus acuerdos en el convenio regulador, convenio que constará adjuntado en la resolución que dicte el Enjuiciador. Se condena a la clínica https://jeffreyowxqj.shotblogs.com/abogado-una-visión-general-43771429

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