En todo caso, el empresario informará a dichos jóvenes y a sus padres o tutores que hayan intervenido en la contratación, conforme a lo dispuesto en la documento b) del artículo 7 del texto refundido de la Condición del Estatuto de los Trabajadores aprobado por el Existente Decreto legislador 1/1995, https://medinaempresarialsst.com/evaluacion-del-riesgo-psicosocial/